Inversión de los Fondos

Inversión de los fondos

ART. 27 DE LA LEY N° 54 SOBRE INVERSIÓN DE LOS FONDOS

  • Depósitos a plazos en bancos nacionales e internacionales con Grado de Inversión.
  • Valores emitidos y garantizados por el Estado Panameño.
  • Bonos con garantía hipotecaria de vivienda, con hipotecas maduras sobre bienes con valor equivalente a una cobertura no menos del 125% y plazo no menor de cinco años en diferentes proyectos.
  • Títulos de deuda o valor de renta fija del mercado secundario del capital nacional o internacional.
  • Bonos y/o títulos de deuda emitidos por la Autoridad del Canal de Panamá .

INTERESES QUE GENERAN LAS INVERSIONES

Los rendimientos que generan las inversiones, se utilizan para pagar las prestaciones a que tienen derecho los docentes, ya sea pensión puente, artículo 15 o artículo 20.